Seguros de construcción: de la primera piedra a diez años después de la entrega
Promotores, constructoras, instaladores y técnicos. Aseguramos la obra mientras se ejecuta, las garantías que la ley exige al promotor y la responsabilidad de todos los que intervienen en el proceso de edificación.
Cada fase tiene su riesgo y su seguro
- Antes de entregar las viviendas. El promotor que cobra cantidades a cuenta debe garantizar su devolución a los compradores: afianzamiento de cantidades anticipadas.
- Durante la obra. Los daños a la propia construcción, a la maquinaria y a terceros: todo riesgo construcción y responsabilidad civil.
- Después de la entrega. Los daños estructurales del edificio durante diez años: seguro decenal, obligatorio en vivienda.
La garantía de diez años que exige la Ley de Ordenación de la Edificación
El seguro decenal de daños cubre durante diez años desde la recepción de la obra los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación, la estructura y los elementos estructurales, y que comprometan su resistencia y estabilidad.
Es obligatorio para el promotor en edificios cuyo destino principal sea la vivienda, y sin él no se pueden inscribir en el Registro de la Propiedad las escrituras de declaración de obra nueva. El seguro se transmite a los sucesivos propietarios durante el plazo de garantía.
- Organismo de control técnico. La aseguradora exige que un OCT supervise el proyecto y la ejecución; coordinamos su contratación.
- Garantías complementarias. Además de la estructura, puede ampliarse a impermeabilizaciones y otros elementos.
- Franquicia. La ley permite una franquicia máxima, que conviene conocer desde el principio.
- Autopromotor. Quien construye una vivienda unifamiliar para uso propio puede quedar exento, con condiciones si la vende dentro del plazo.
La obra protegida mientras se ejecuta
El seguro de todo riesgo construcción cubre los daños materiales que sufre la obra durante su ejecución, sea cual sea la causa, salvo las exclusiones expresas.
Daños a la obra
Incendio, robo, fenómenos naturales, errores de ejecución o accidentes que dañan lo ya construido y los materiales acopiados.
Responsabilidad civil
Los daños que la obra causa a terceros y a los edificios colindantes, incluidos los derivados de excavaciones y vibraciones.
Maquinaria y equipos
La maquinaria de construcción, casetas e instalaciones auxiliares de la obra.
Gastos adicionales
Desescombro, horas extraordinarias y transporte urgente para recuperar el ritmo tras un siniestro.
Periodo de mantenimiento
Los daños que se produzcan o descubran tras la recepción, durante el plazo de garantía del contratista.
Todos los intervinientes
Una sola póliza para promotor, constructora y subcontratistas, que evita discusiones sobre quién paga.
Vender sobre plano con las garantías que exige la ley
El promotor que recibe dinero de los compradores antes de entregar la vivienda debe garantizar su devolución, con sus intereses, si la obra no se inicia, no se termina o no se entrega en plazo. Esa garantía puede constituirse mediante aval bancario o mediante seguro de caución, que no consume las líneas de financiación del promotor.
Para el promotor
Gestionamos el seguro de caución de cantidades anticipadas, con las pólizas individuales para cada comprador, a través del equipo especializado del Grupo.
Promotores, constructores y técnicos responden durante años
La Ley de Ordenación de la Edificación hace responder a los agentes de la edificación durante uno, tres o diez años según el tipo de defecto. Completamos el programa con la responsabilidad civil de la empresa y la profesional de arquitectos, ingenieros y técnicos, y defendemos sus reclamaciones con el respaldo jurídico de Trebia Abogados.
Lo que suelen preguntarnos sobre los seguros de construcción
¿Es obligatorio el seguro decenal?
Sí, para el promotor de edificios destinados principalmente a vivienda. Sin él no puede inscribirse la declaración de obra nueva. El autopromotor de una vivienda unifamiliar para uso propio puede quedar exento, con condiciones si la vende antes de diez años.
¿Cuándo hay que contratarlo?
Lo antes posible, idealmente antes de empezar la obra, porque la aseguradora exige que un organismo de control técnico supervise el proyecto y la ejecución desde el principio.
¿Quién contrata el todo riesgo construcción?
Puede hacerlo el promotor o la constructora. Lo recomendable es una póliza que proteja a todos los intervinientes, para evitar vacíos y discusiones entre ellos.
¿Cubre el decenal las humedades o los acabados?
La garantía obligatoria cubre los daños estructurales. Las impermeabilizaciones y otros elementos pueden incluirse como garantías complementarias.
¿Qué ocurre con el decenal si vendo el edificio?
El seguro se transmite a los sucesivos propietarios hasta que termina el plazo de diez años desde la recepción de la obra.
¿Cuánto cuesta?
Depende del tipo de obra, el presupuesto de ejecución, la ubicación, el terreno y las garantías elegidas. Le presentamos propuestas comparadas sin coste.
Le preparamos un estudio de su promoción u obra sin coste
Cuéntenos quién es y en qué proyecto trabaja. Un técnico le contactará para conocer la obra y presentarle propuestas comparadas.
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